domingo, 2 de octubre de 2022

IVA (Impuesto al valor agregado).¿CÓMO TRIBUTAN LOS MÉDICOS VETERINARIOS?



 



¡¡Bienvenidos a mi blog¡¡

Quiénes me conocen, saben que soy una amante de los perritos y me imagino que ustedes también deben tener serias debilidades por alguna o varias mascotas.

Esta semana me preguntaron como tributaban los médicos veterinarios y las clínicas veterinarias, respecto al Impuesto al Valor agregado, conocido comúnmente como IVA. Para entender de manera fácil, debemos distinguir los servicios y los productos que nos ofrecen cuando llevamos a nuestras mascotas amadas a una consulta:

a) Si el médico veterinario, presta sus servicios como profesional independiente, esto quiere decir, sin el paraguas de una sociedad, por los servicios que presta debe emitir boleta de honorarios, porque es una actividad clasificada como segunda categoría. No está afecto a IVA.

b) Si es una empresa o sociedad la que presta el servicio veterinario:

b.1) Consulta en clínica veterinaria, es una prestación de servicios NO afecta a IVA , en la medida que consistan solo en servicios médicos ambulatorios, sin que se proporcione alojamientos y alimentación. En la prestación de servicios como consulta se incluye las vacunas, curaciones, transfusiones y servicios de rayos.

b.2) Venta de medicamentos, insumos y alimentos: Venta AFECTA a IVA.

b.3) Hospitalización: Servicio afecto a IVA.


Estos son los servicios más comunes, no cubre todas las actividades que pudieran desarrollarse en una clínica veterinaria.


Si tienes alguna duda, escríbeme a contacto@yosoytributarista.cl


Si te gusta la información, sígueme, comenta y comparte.


Nos vemos¡¡¡¡¡¡



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